El Salvador continúa preparándose para la implementación de la Ley Bitcoin el próximo 7 de septiembre, mientras que la inconformidad de los ciudadanos continúa.
Con un monedero digital propio y nuevas normas técnicas publicadas recientemente por el Banco Central de El Salvador, para facilitar y garantizar el uso adecuado de Bitcoin (BTC), el gobierno de El Salvador está listo para comenzar a implementar la criptomoneda dentro de su sistema financiero en pocos días. No obstante, una parte importante de los ciudadanos del país siguen estando inconformes con el uso de este activo digital.
El país latino ha visto crecer la resistencia hacia la implementación de bitcoin como moneda de curso legal desde que su presidente Nayib Bukele anunció la Ley Bitcoin en junio y que la Asamblea la aprobara unos días después. El Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional son algunas de las entidades internacionales que han alertado sobre los posibles riesgos que bitcoin podría traer a la economía de El Salvador, mientras que las encuestas señalan que al menos la mitad de la población no está de acuerdo con usar bitcoin como medio de intercambio o, en su defecto, no tienen conocimiento sobre qué es la criptomoneda o cómo es su funcionamiento.
Aún así, el gobierno de El Salvador continúa en sus planes de hacer del país latino la primera nación del mundo en adoptar oficialmente a Bitcoin como moneda de curso legal.
Recientemente, el Banco Central de la Reserva de El Salvador publicó dos documentos, sometidos a consulta, para establecer las normas técnicas necesarias para facilitar la aplicación de la Ley Bitcoin y los lineamientos para la autorización del funcionamiento de la plataforma de monedero digital Chivo que impulsa el Estado para el uso de bitcoins y dólares. Además, el Ministro de Finanzas del país, Alejandro Zelaya, recordó que el uso de ambos, tanto de la criptomoneda como del monedero digital, son completamente opcionales tanto para la población como para las empresas que no quieran operar con la criptomoneda.
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Normas técnicas y lineamientos
Los documentos publicados por el Banco Central de la Reserva de El Salvador señalan, en primer lugar, que la entrada en vigencia de la Ley Bitcoin en el país permitirá el uso de la criptomoneda como moneda de curso legal a nivel nacional. Así mismo, señala que para prestar servicios óptimos con esta nueva forma de dinero digital, el país permitirá la entrada de distintos agentes económicos a fin de facilitar productos y servicios ágiles, competitivos e inclusivos para la población en general.
Prevención de los riesgos de lavado de dinero
Por otro lado, el artículo 2 de las normas técnicas expresa que las entidades públicas y gubernamentales, como los bancos, bancos cooperativos y sociedades de ahorro y de crédito, que quieran participar en las operaciones de intercambio de cripto a fiat, o viceversa, entre bitcoin y el dólar a través de proveedores de wallets, exchanges, proveedores de servicios de pagos y cualquier otro agente dentro de la cadena de valor, serán sujetos obligados al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos y su Reglamento, además de otras regulaciones e instructivos relacionados en materia.
El Banco Central establece que los proveedores de servicios con bitcoin deberán constituir un Comité de prevención de lavado de dinero y activos, que evalúe y controle los posibles riesgos y delitos financieros así como otras actividades ilegales, como el financiamiento del terrorismo organizacional y la proliferación de armas de destrucción masiva.
Presentación de informes
Las normas también piden a las entidades informar de manera competente a las autoridades sobre transacciones inusuales o sospechosas de usuarios a las que las autoridades deban realizarse seguimiento. Así mismo, señala que se deben reportar las transacciones con un valor igual o superior a los 1.000 dólares estadounidenses ante las autoridades, junto al nombre del emisor y del receptor, los detalles de la cuenta y la institución financiera de ambas partes. De hecho, las normas piden a los sujetos obligados a implementar un registro KYC (Conozca a su Cliente) detallado de sus clientes, con nombres reales y pseudónimos, direcciones físicas, montos involucrados en las transacciones, hora y fecha de cada operación, así como los datos de la contraparte que recibe la transacción en bitcoin, entre otros requisitos (Artículo 51 de las Normas Técnicas).
Los sujetos obligados también deberán cumplir con los requisitos de la Recomendación Nº16 del GAFI, que exige “obtener, retener y transmitir” información de las partes involucradas en transacciones de Bitcoin para identificar y reportar actividades sospechosas, a fin de tomar acciones inmediatas como el congelamiento de los fondos o la prohibición de transacciones con personas y entidades determinadas.
Sobre la volatilidad e inmutabilidad de Bitcoin
Adicionalmente, las normas técnicas establecen que los proveedores de servicios con la criptomoneda deberán informar previamente a los usuarios sobre la volatilidad del bitcoin, la inmutabilidad de las transacciones, los riesgos de ciberseguridad, entre otros.
Uso completamente opcional de Bitcoin
Alejandro Zelaya, Ministro de Finanzas de El Salvador, declaró que la población no está obligada a usar el bitcoin como moneda de intercambio y que las empresas que no quieran operar con la criptomoneda no serán sancionadas; así lo afirmó el Ministro Zelaya durante una entrevista en el programa Frente a Frente, recordando además que el dólar estadounidense seguirá siendo la principal moneda de referencia en el país después de la implementación de bitcoin.
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