El Tribunal del Noveno Circuito de EE.UU. ha reconocido legalmente la protección de los NFT como bienes comerciales, pero revocó el fallo contra Ryder Ripps por la presunta infracción de marca en el caso RR/BAYC.
La reciente sentencia emitida por el Tribunal es clave para el ecosistema de los activos digitales: los NFT son considerados “bienes protegidos” bajo la legislación vigente. Esto significa que, a efectos legales, los tokens no fungibles gozan de la misma protección jurídica que marcas registradas o propiedad intelectual.
Sin embargo, esta determinación no bastó para sostener la sentencia anterior contra el artista Ryder Ripps, a quien se le acusaba de imitar la reconocida colección Bored Ape Yacht Club (BAYC), desarrollada por Yuga Labs, con su proyecto Ryder Ripps Bored Ape Yacht Club, conocido como RR/BAYC.
Aunque en abril de 2023 un tribunal distrital había fallado a favor de Yuga Labs y dictaminó una compensación de $8,8 millones, el Noveno Circuito ha revocado recientemente ese veredicto. Según el dictamen, no se demostró suficientemente que Ripps hubiera generado confusión entre consumidores o infringido la marca de forma directa. Por lo tanto, se ordenó reabrir el caso y llevarlo nuevamente a juicio en un tribunal de distrito.
PREPARA TU WALLET CRIPTOReconocimiento legal de los NFT
La decisión del tribunal establece con firmeza que los NFT pueden ser tratados como bienes protegidos bajo la ley, abriendo camino a su consideración en futuras disputas sobre derechos comerciales. En particular, se enfatizó que estos activos digitales tienen una identidad única, propietario definido y valor económico concreto. Por ello, pueden estar sujetos a derechos legales similares a los de obras físicas o marcas registradas.
Este reconocimiento ofrece un marco de protección para colecciones digitales como BAYC, que han construido comunidades e intereses financieros significativos.
Al mismo tiempo, el tribunal dejó claro que la categoría de “bien protegido” no implica automáticamente la infracción en casos donde la obra artística se relacione con parodia, crítica o apropiación expresiva.
El enfoque constitucional: libertad de expresión en debate
Uno de los puntos centrales del reciente fallo tiene que ver con las garantías de la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense. El tribunal reconoció que ciertos usos de contenido protegido —como los realizados con fines artísticos, satíricos o críticos— deben analizarse cuidadosamente antes de ser desestimados por infracción comercial.
Ryder Ripps, en un comunicado a The Block, defendió su serie RR/BAYC como arte de apropiación. “Una reutilización deliberada de las imágenes de Bored Ape Yacht Club para criticar las estrategias de marca de Yuga Labs y el frenesí especulativo en torno a los NFT”, afirmó.
Para Ripps, el fallo representa un respaldo explícito a los límites constitucionales del juicio sumario, donde no se permite reducir expresiones artísticas complejas sin análisis pleno.
Esta afirmación de Ripps se sostiene en el criterio del tribunal, que evitó sentencias tajantes sobre intención o confusión y optó por devolver el proceso a una instancia que permita examinar los argumentos en profundidad.
OPERA CON CRIPTOMONEDAS AQUILa reacción de Yuga Labs: la marca como activo defendible
Greg Solano, cofundador de Yuga Labs, compartió su postura en la red social X tras conocerse la decisión del Tribunal. “El Noveno Circuito confirmó: Los NFT de BAYC son marcas comerciales protegibles, lo cual es una victoria importante para todos los titulares de NFT”, escribió.
Solano también manifestó confianza en que su empresa vencerá en la etapa siguiente. “Ganaremos en el distrito como ganamos antes”, señaló, mencionando que el juez ya impuso previamente una multa superior a $9 millones a los fundadores del proyecto RR/BAYC por daños a su marca NFT.
Aunque el tribunal revocó esa sentencia, no invalidó la posibilidad de sanción, dejando la evaluación en manos del tribunal de distrito. Para Yuga Labs, el reconocimiento legal de su marca como protegible bajo la ley fortalece su posición frente a imitaciones que, según ellos, afectan la integridad del proyecto y la confianza de sus titulares.
Entre marcas y críticas: el desafío legal en la era digital
La reciente decisión del Tribunal del Noveno Circuito de EE.UU. genera un marco jurídico más matizado para el tratamiento de los activos digitales. Por un lado, respalda la noción de que los NFT pueden constituir propiedad protegible desde el punto de vista comercial. Por otro, introduce el principio de que la libertad de expresión puede permitir usos críticos o artísticos de contenido vinculado a marcas registradas.
Para los expertos, este equilibrio será clave en el nuevo juicio contra Ryder Ripps, donde se deberá establecer si su proyecto RR/BAYC constituye una parodia protegida o una imitación perjudicial para el consumidor. En ese sentido, el tribunal subrayó que la infracción de marcas en el entorno digital no puede asumirse sin pruebas claras de confusión o intención maliciosa.
Así, la resolución del Noveno Circuito no absuelve ni condena definitivamente a ninguna de las partes, pero sí clarifica dos puntos cruciales: los NFT son objetos jurídicamente protegibles y, en contextos de crítica o expresión, su uso puede estar amparado por garantías constitucionales.
Por lo tanto, este fallo abre nuevas preguntas sobre el papel del arte digital en tiempos de propiedad tokenizada. ¿Cómo se delimita la crítica legítima frente a la copia comercial? ¿Hasta dónde pueden extenderse los derechos de marca sin infringir libertades expresivas?
Mientras estas interrogantes serán debatidas en el tribunal de distrito, el ecosistema cripto asiste a uno de los juicios más relevantes sobre el futuro jurídico y artístico de los NFT.
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