En el último programa del podcast ‘Las Voces de Satoshi’ el asesor fiscal experto en criptomonedas Jesús Lorente, de Seico Asesores, aclaró bastantes dudas sobre la declaración de la renta y las criptomonedas. ¿Tengo que declarar mis criptomonedas? ¿Qué es lo que debo declarar exactamente?
Pues bien, de lo que tengamos en la cartera, “hay que declarar los beneficios obtenidos de la venta de criptomonedas: staking, yield farming, o cualquier tipo de rendimiento”.
“La gente que hace holding únicamente no tiene que declarar nada en la Renta”, por lo que si simplemente contamos con varios tokens en nuestra cartera, y en ese momento no estamos obteniendo ninguna ganancia patrimonial, podemos estar tranquilos.
Por otro lado, en el caso de “la venta por dinero fiat o permuta por otra criptomoneda tributa en ambos casos, hacienda lo dejó bien claro”, explicó.
Es decir, “la Ley de Renta dice que hay una ganancia patrimonial si hay dos cosas: una alteración de la composición de tu patrimonio (de satoshis a ethers, por ejemplo) y de la valoración (invertir 200 euros y que ahora tenga un valor de 1000)“.
Descentralización: ventajas e inconvenientes
La descentralización tiene muchas ventajas y es una parte fundamental en esta industria, pero implica también, que al no haber intermediarios, sean los propios usuarios quienes se tengan que encargar de las tareas de gestión con Hacienda.
Por lo que Jesús afirmó que “tenemos que ser los usuarios quienes generemos esa información, se la demos a Hacienda, y luego la defendamos”.
La descentralización implica que “somos nuestro propio banco, nuestro propio broker y nuestro propio asesor fiscal, en el que debemos generar, de cada uno, su certificado, haciéndonos cargo y siendo responsables de lo que debemos declarar y lo que no”.
Requerimientos de información de Hacienda
¿Qué puede pasar si un usuario no declaraesta ganancia patrimonial obtenida de las criptos?
La respuesta a esta pregunta dependerá de varios factores, pero sobre todo de las cantidades en las que se mueva: cuanto mayores sean, más interés causarán en la Agencia Tributaria. De hecho, Lorente afirmó que “por grandes cantidades, Hacienda, ha llegado a ponerse en contacto con el exchange extranjero origen para confirmar que es real“.
“Más que inspecciones, casi todo son requerimientos de información, un instrumento de Hacienda para revisar datos y si algo no cuadra, proceder a la inspección”, afirmó
En ellas lo que pedirán es: “CSV, informe fiscal y justificante de origen de las cripto, algo muy importante, ya que quieren asegurarse que el origen es real”.
“En el caso de que nos hicieran este requerimiento”,continuó el experto, “ deberíamos realizar la Declaración de la Renta complementaria y presentarla tarde. Además de pagar un pequeño recargo, hasta el 20% de lo que no has pagado”.
¿Y si no se hace? “Si no respondemos al requerimiento, se nos haría una inspección que supondría llegar a pagar una sanción de hasta el 50% o incluso más. Principalmente en los casos de cantidades más importantes y ante la no colaboración”.
Según Lorente, “si como responsable contable en una empresa si necesitas ayuda en la declaración de criptos de la empresa lo mejor es contactar con expertos en el tema, ya que las empresas a diferencia de las personas deben declarar cada uno de los movimientos cripto”.