
El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha confirmado que no se concederán prórrogas para cumplir con el Reglamento MiCA. A partir del 1 de julio, las plataformas de activos digitales que no dispongan de la licencia correspondiente deberán cesar sus operaciones en la Unión Europea.
El fin del periodo transitorio para el Reglamento MiCA
El panorama de los activos digitales en Europa se enfrenta a una de sus transformaciones más significativas. A medida que se acerca la fecha límite del 1 de julio, las autoridades financieras han dejado clara su postura sobre el cumplimiento normativo. El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha confirmado que no habrá excepciones ni extensiones para aquellas empresas que no hayan completado su registro bajo el nuevo marco regulatorio. Esta decisión subraya el compromiso de las autoridades españolas con la seguridad jurídica y la protección del inversor en el ecosistema de criptoactivos.
Las plataformas de intercambio y custodia de criptomonedas que deseen operar en la Unión Europea deben cumplir rigurosamente con los requisitos de transparencia, gobernanza y capital exigidos por MiCA. Aquellas entidades que no hayan logrado la conformidad para la fecha establecida no podrán seguir prestando servicios legalmente en el territorio.
Con la firme postura de la CNMV, España se alinea estrictamente con las directrices de la Autoridad Bancaria Europea y la ESMA, marcando el inicio de una era de mayor supervisión y madurez para el mercado cripto en el continente.
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