Hacienda no perdona: así debes declarar las criptomonedas para evitar multas

En los últimos años, las criptomonedas han pasado de ser la moda de unos pocos a convertirse en una realidad cotidiana para muchos inversores españoles. Pero con la llegada de la campaña de la renta, surge una pregunta que provoca más dudas que una temporada de Black Mirror: ¿cómo tributar correctamente nuestras criptos?

Por suerte, la Agencia Tributaria española ha decidido aclarar las cosas, habilitando un espacio específico en la declaración del IRPF para declarar nuestras monedas digitales. Sí, ya no tienes excusa para olvidarte de ellas.

¿Dónde pongo mis criptos en la declaración?

En la declaración de 2024, Hacienda ha incluido las casillas 1800-1814 exclusivamente para criptomonedas. Aquí es fundamental que no te saltes ningún detalle. Deberás especificar claramente:

  • Las transacciones realizadas: cada operación debe registrarse cuidadosamente.
  • El valor de adquisición: cuánto pagaste originalmente por tus criptomonedas.
  • La fecha exacta de cada operación: fundamental para calcular correctamente las ganancias o pérdidas.

Estas casillas permiten que la Agencia Tributaria evalúe con precisión tus movimientos y te indiquen claramente tus ganancias o pérdidas patrimoniales.

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Pero, ¿cuándo exactamente tengo que declarar mis criptos?

Aquí la norma es sencilla: cualquier movimiento que implique un beneficio o pérdida patrimonial debe reflejarse. Esto incluye:

  • Cuando vendes criptos por dinero tradicional (euros).
  • Al intercambiar una criptomoneda por otra diferente.
  • Al utilizar criptos para adquirir bienes o servicios.

Puede parecer complejo inicialmente, pero imagina tus criptomonedas como si fueran acciones o propiedades. Compras barato, vendes caro y ganas. Esa diferencia, precisamente, es lo que debes declarar. Ahora, imagina que no tienes beneficios, sino pérdidas: eso también es importante declararlo, porque podría reducir tu carga fiscal en otros aspectos.

Otras formas de obtener ganancias con criptos

Existen también formas alternativas, más allá de la compra y venta tradicional, para generar ingresos con tus criptomonedas, y estas formas tienen un tratamiento fiscal específico que debes entender claramente:

  • Minería de criptomonedas: Si generas criptomonedas a través de la minería usando tu propio equipo, Hacienda considera esta actividad como económica. No obstante, no estará sujeta al IVA. ¿Por qué no hay IVA? Porque la Agencia Tributaria no considera que exista una contraprestación directa. Pero cuidado: aunque no tenga IVA, las ganancias deben declararse como rendimiento económico, lo que podría implicar mayores impuestos.
  • Staking directo: Si gestionas directamente un nodo y recibes recompensas en criptomonedas por ello, Hacienda lo considera rendimiento de capital mobiliario. Por tanto, tributará según la escala del ahorro, lo que te beneficiará fiscalmente en comparación con actividades económicas.
  • Staking indirecto o delegado: Este ocurre cuando depositas tus criptos en plataformas o smart contracts que gestionan los nodos por ti. Aunque la Dirección General de Tributos aún no ha dado una respuesta oficial definitiva, los expertos coinciden en que esta modalidad también debería declararse como rendimiento de capital mobiliario.

Tipos impositivos claros y sin vueltas

Aquí tienes cómo funcionan exactamente los tipos impositivos aplicados a tus ganancias con criptos:

  • Hasta 6.000€ de ganancias tributan al 19%.
  • De 6.001€ a 50.000€ al 21%.
  • De 50.001€ a 200.000€ al 23%.
  • De 200.001€ a 300.000€ al 27%.
  • Más de 300.001€ al 28%.

Además, no olvides que si posees un saldo superior a 50.000 euros en criptomonedas, debes declarar específicamente esta cantidad para evitar futuras complicaciones con Hacienda.

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Modelos específicos para tus criptomonedas

Para facilitar aún más las cosas, existen modelos específicos diseñados para que tu declaración sea aún más sencilla y clara:

  • Modelo 172: Utilizado para informar sobre tu saldo total en criptomonedas.
  • Modelo 173: Destinado a registrar detalladamente todas tus operaciones realizadas con criptomonedas durante el ejercicio fiscal.
  • Modelo 721: Fundamental si mantienes criptos en plataformas o monederos situados fuera de España.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?

La obligación de presentar este modelo es muy clara y específica:

  • Residentes fiscales españoles, tanto personas físicas como jurídicas.
  • Establecimientos permanentes en España de personas o entidades extranjeras.
  • Entidades sin personalidad jurídica (como comunidades de bienes, herencias yacentes, entre otras).

Si tienes criptos en plataformas internacionales y superas ciertos umbrales económicos, no olvides este modelo para evitar sorpresas desagradables.

Mirando al futuro: menos dudas, más claridad

La regulación, inevitablemente, siempre sigue a la innovación. La inclusión específica de casillas dedicadas exclusivamente a criptos en la declaración del IRPF no es casualidad. Refleja claramente que las criptomonedas han venido para quedarse y que Hacienda quiere estar al día.

¿Qué significa esto para ti como inversor? En primer lugar, que debes ser extremadamente cuidadoso y organizado con tus transacciones. Guarda registros claros, establece un sistema de control y no esperes hasta el último momento.

En segundo lugar, aprovecha la claridad que la Agencia Tributaria ahora proporciona para optimizar tu estrategia fiscal. Una buena planificación puede ahorrarte miles de euros en impuestos, siempre dentro del marco legal.

Y, por último, recuerda que la tranquilidad fiscal también es parte fundamental de tu salud financiera. No dejes que las dudas fiscales te impidan disfrutar plenamente de tus ganancias.

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Si tienes dudas, comienza ahora mismo a preparar tu declaración con confianza. El futuro está aquí, y tu tranquilidad financiera depende de que tomes decisiones informadas.